Contábamos en el post anterior, cómo se conforma el total de la Coparticipación Federal, y cómo se distribuyen sus porcentajes:
-El 42,34% en forma automática a la Nación.
-El 54,66% en forma automática al conjunto de Provincias adheridas.
-El 2% en forma automática para el Recupero del Nivel Relativo de las siguientes provincias: Buenos Aires, Chubut, Neuquén y Santa Cruz.
-El 1% para el fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias.
Luego, ese 54,66% que se reparte entre todas las provincias (y el 2% que tienen las cuatro del recupero relativo), se distribuye entre los Municipios (o Departamentos) de acuerdo a la legislación propia de cada distrito. Existen dos excepciones: Jujuy, que tiene un régimen de coparticipación transitorio, y San Juan, San Juan, que distribuye una suma fija establecida en convenios vigentes entre la provincia y cada uno de los municipios.
Todas las demás tienen leyes, decretos y resoluciones que establecen los porcentajes destinados a repartir entre los Municipios, y los criterios para saber que es lo que le toca a cada uno.
Como ya hemos visto, de acuerdo al régimen de coparticipación vigente, la Provincia de Buenos Aires recibe el 19,93% de Coparticipación Federal (apenas el doble de lo que reciben Córdoba y Santa Fe, aunque la PBA tenga cinco veces más habitantes que cada una de ellas).
De esa masa total que representa aquel porcentaje, el 16,14% se distribuye a los Municipios conforme a los siguientes criterios:
• El 5% entre los Municipios que cubren servicios o funciones transferidas por aplicación del Decreto – Ley 9.347/ 79 y sus modificatorias, excepción del sector Salud Pública, en función de la participación relativa que cada Comuna tuvo en el Ejercicio 1.983, en la distribución de la coparticipación por tales o funciones.
-El 37% entre los Municipios que posean establecimientos oficiales para la atención de la salud.
-El 58% entre todos los Municipios en función de los siguientes distribuidores:
• El 62% en proporción directa a la población. (Para los Municipios de La Costa, Pinamar, Villa Gesell y Monte Hermoso, se toma como población resultante de la suma de los residentes permanentes en el lugar, más la doceava parte del caudal turístico receptado en cada uno de los Municipios a lo largo del año).
• El 23% en forma proporcional a la inversa de la capacidad tributaria por la población.
• El 15% en proporción directa a la superficie del Partido.
Comentarios
gracias
Manuel: mañana completo datos del Gran Buenos Aires por Municipio.
Pero claro tenés razón que la PBA es la gran perjudicada, y la alianza Nación-provincias chicas la está esquilmando
ramiro
Digo, también son ciudades turísticas
ilex: Supongo que por tener una población estable menos fluctuante.
En MDQ hay una industria pesquera que mantiene a miles de familias, y otros hitos económicos que no tienen ni comparación con una Pinamar o una V. Gesell.
Estoy siguendo tus explicaciones con interés/intriga/expectativa...
Ya leí tu 3er post pero quiero comentarte aquí (en el segundo) dos precisiones.
Te preciso, segun la informacion que das, que la Pcia. De Bs. As. no recibe el 19,93% sino el 21,5001% (con el Recupero del 1,5701).
Por otro lado la distribución secundaria final al conurbano esta definido por la serie de criterios que diste (37%, 58%, etc) razón por la que obtiene menos del 50% del resto de la provincia segun tu post N°3.
(sigo mi comentario bajo el post N°3)